ACUERDO 78 DE 2011
(Febrero 3)
en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 814 de 2003 y del numeral 3º del artículo 1º del Decreto 2291 de 2003
ACUERDA:
1. Establecer las bases y contenidos de los estímulos por concurso de la convocatoria del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico 2011 con cargo a los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), creado por la Ley 814 de 2003.
2. El texto de los estímulos por concurso de la convocatoria señalada en el numeral primero contempla los siguientes estímulos;
3. El procedimiento de los estímulos por concurso de la convocatoria y sus requerimientos administrativos serán adelantados por Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia”, en su condición de administrador del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, según lo establece la Ley 814 de 2003.
4. Apruébese el siguiente acuerdo de gastos de los recursos del presupuesto 2011 del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico:
Estímulos por concurso | ||||||||
Convocatoria de ficción | ||||||||
Modalidad | Escritura de guión para largometraje | 300.000.000 | ||||||
Modalidad | Desarrollo y Producción de largometrajes | 6.300.000.000 | ||||||
Modalidad | Posproducción de largometrajes | 240.000.000 | ||||||
Modalidad | Realización de cortometrajes | 400.000.000 | ||||||
Convocatoria de documental | ||||||||
Modalidad | Escritura de proyecto documental | 160.000.000 | ||||||
Modalidad | Realización de documentales de 52 minutos | 350.000.000 | ||||||
Modalidad | Realización de documentales de cortometraje | 200.000.000 | ||||||
Modalidad | Realización de documentales de largometraje | 600.000.000 | ||||||
Modalidad | Promoción y distribución de documentales | 200.000.000 | ||||||
Convocatoria de animación | ||||||||
Modalidad | Desarrollo de largometrajes de animación | 160.000.000 | ||||||
Modalidad | Producción de largometrajes de animación | 850.000.000 | ||||||
Modalidad | Realización de cortometrajes de animación | 240.000.000 | ||||||
Convocatoria de formación | ||||||||
Modalidad | Formación especializada para el sector | 400.000.000 |
5. Publíquese el contenido de este acuerdo en el Diario Oficial.
6. El presente acuerdo rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 3 de febrero de 2011.