CIRCULAR EXTERNA SOI 26 DE 1992
(Abril 6)
Para su conocimiento y de los usuarios me permito indicarles que los montos asignados a las posiciones arancelarias 73.06.30.00.99, 73.06.60.00.20 y 73.06.90.00.20 en el Convenio de Complementación Industrial en el Sector Siderúrgico Colombo-Venezolano, quedarán así:
Posición Nandina | Volumen anual en toneladas |
73.06.30.00.99 | 500 |
73.06.60.00.20 | 40.000 |
73.06.90.00.20 | 100 |
En consecuencia, las solicitudes de importación que para las anteriores posiciones se presenten en desarrollo de la Circular Externa SOI 009/92, se someterán a los contingentes aquí expresados.
Publíquese en la Gaceta del Ministerio de Comercio Exterior. Capítulo Incomex.
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