INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA 26 DE 2010
(Septiembre 21)
La Superintendencia de Notariado y Registro como lo establece el artículo 198 numeral 13 del Decreto-Ley 960 de 1970, concordante con el numeral 3º del artículo 62 de la Ley 734 de 2002, expide recomendaciones a los señores notarios a través de instrucciones administrativas.
De conformidad con el artículo 13 de la Ley 640 de 2001, los notarios deben “remitir al Ministerio de Justicia y del Derecho, en los meses de enero y julio, una relación del número de solicitudes radicadas, de las materias objeto de las controversias, del número de acuerdos conciliatorios y del número de audiencias realizadas en cada periodo. Igualmente, será obligación de los centros proporcionar toda la información adicional que el Ministerio de Justicia y del Derecho le solicite en cualquier momento”.
Mediante oficio OFI10-30605-DAJ-0310 radicado en esta entidad el 6 de septiembre de 2010, la doctora Judhy Stella Velásquez Herrera, directora de acceso a la justicia informa que en el primer semestre del año en curso han reportado información solamente 285 notarias que representa el 33% del total de las notarías del país.
Esa circunstancia hace que la Superintendencia de Notariado y Registro en ejercicio del poder de inspección, vigilancia y control, exija el cumplimiento del envío de la información en los términos legales y conforme lo establece la Resolución 2620 de 2009, del Ministerio del Interior y de Justicia, a través del sistema de información de la conciliación SIC.
De otra parte, les informo que en la página de la Superintendencia www.supernotariado.gov.co encontrarán el texto de la resolución referida, así como la información virtual para el uso del sistema, para solicitar su usuario y contraseña para acceder al SIC, podrán solicitarlo a través del correo electrónico jcobos@mij.gov.co.
A continuación se relaciona el número de notarias por departamentos que reportaron información del primer semestre del año 2010.
Departamento | Total |
Amazonas | 1 |
Antioquia | 51 |
Arauca | 1 |
Archipiélago | 1 |
Atlántico | 10 |
Bolívar | 3 |
Boyacá | 17 |
Caldas | 12 |
Caquetá | 0 |
Casanare | 4 |
Cesar | 9 |
Chocó | 1 |
Cundinamarca | 62 |
Guajira | 2 |
Huila | 11 |
Magdalena | 01 |
Meta | 03 |
Nariño | 6 |
Norte de Santander | 7 |
Putumayo | 2 |
Quindío | 3 |
Risaralda | 7 |
Santander | 26 |
Sucre | 7 |
Tolima | 16 |
Valle del Cauca | 22 |
Total | 285 |
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 24 numeral 3º del Decreto 412 de 2007, la superintendente delegada para el notariado, vigilará el cumplimiento de las disposiciones mencionadas.